
40 años de prisión para dos personas que entraron a robar en una vivienda y violaron a dos mujeres
2021/05/26 a las 2:11 PMEl Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas sentenció a 40 años de prisión a Agrace B. O. y Jhan Carlos A. T. por los delitos de robo y violación, en concurso real de infracciones.
Los hechos se registraron el 20 de mayo de 2020, alrededor de las 15:00, en la parroquia Borbón del cantón Eloy Alfaro. Los ahora sentenciados junto a otras personas ingresaron a un domicilio con armas de fuego y un machete para robar.
Según la información que consta en el proceso, en medio de amenazas los sujetos golpearon en la cabeza a un hombre que se encontraba en la vivienda y agredieron sexualmente a dos mujeres. Además, se sustrajeron dos computadores portátiles, cuatro teléfonos celulares y 30.000 dólares en efectivo.
Tras los hechos, la Policía Nacional capturó a dos de los integrantes de esta banda y recuperó varios de los objetos robados, además de 14.570 dólares.
TRIBUNAL DICTÓ PENA MÁXIMA
Durante la audiencia de juicio, desarrollada el pasado jueves 20 de mayo, el fiscal del caso, Carlos Arroyo, presentó como evidencias los testimonio anticipados de las víctimas, de los testigos presenciales y de los policías aprehensores.
Además, el informe de valoración médica, psicológica y de entorno social practicados a las víctimas; las pericias de perfil genético y de inspección ocular técnica, y los informes de reconocimiento del lugar de los hechos, de aprehensión y de evidencias.

Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, los jueces Carlos Barrera, Erika Herk y Ginnio Bamba sentenciaron a 58 años de prisión (a cada uno) por el delito de violación, más nueve años con 3 meses por las agravantes del caso.
Sin embargo, la pena fue modificada conforme lo establece el artículo 20 (concurso real de infracciones) del Código Orgánico Integral Penal (COIP): ‘las penas se acumularán hasta un máximo del doble de la pena más grave, sin que por ninguna razón exceda los cuarenta años’.
Agrace B. O. y Jhan Carlos A. T. fueron procesados por los delitos autónomos e independientes de violación –tipificado y sancionado en el artículo 170, inciso 1, numeral 2, con las agravantes del artículo 48 del (COIP)– y el delito de robo –tipificado en el artículo 189, inciso 1, con las agravantes del artículo 47 del mismo cuerpo legal–. (I)