
Caso “Prefectura del Guayas”: Cinco llamados a juicio por presunto tráfico de influencias durante emergencia por covid
2021/03/20 a las 3:42 AMEl Tribunal de la Sala Penal, integrado por los jueces José Coellar, Ramos Lino y Fabiola Gallardo, llamó a juicio a cinco personas. Son procesadas como presuntas responsables del delito de tráfico de influencias en contratos de insumos médicos por parte de la Prefectura del Guayas, durante la emergencia por Covid-19.
La medida fue tomada tras acoger el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General del Estado (FGE). Los magistrados revocaron el auto de sobreseimiento dictado por el Presidente de la Corte Provincial de Justicia del Guayas en la audiencia preparatoria de juicio, señalando que el mismo carece de motivación.
La fiscal provincial de Manabí, Karla Vélez, presentó los elementos de convicción necesarios, con los cuales el Tribunal conoció el nexo causal entre la infracción y la presunta participación de los procesados en los hechos.
PRESUNTO SOBREPRECIO
La investigación de Fiscalía determinó la existencia de presuntas irregularidades, por supuesto sobreprecio, en el proceso de adquisición de mascarillas y pruebas rápidas para la detección de covid-19.
Estos contratos habrían sido suscritos por el Gobierno Autónomo Provincial del Guayas con personas naturales y empresas que estarían relacionadas con el exprefecto Carlos Luis M. (+). Él también estuvo procesado en esta causa.
Los exfuncionarios de la Prefectura de Guayas Cecilia H. (exdirectora de Desarrollo Comunitario) y Nelson G. (exdirector provincial Financiero), junto con los contratistas José V., Ana G., y Mary M., tendrán que enfrentar la etapa de juzgamiento, señaló la Fiscalía General del Estado.
El Tribunal, además, dispuso que se mantengan las medidas cautelares anteriormente impuestas, es decir: presentación periódica ante la autoridad y prohibición de salida de país.
Los magistrados ratificaron el auto de sobreseimiento en favor de Kerly M., excoordinadora de Compras Públicas de la Prefectura.
El artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona al tráfico de influencias con pena privativa de libertad de entre tres y cinco años. (I)