
Policía procesado por tráfico de tortugas en Galápagos transportó los animales en el patrullero de la institución, señaló la Fiscalía
2021/04/19 a las 5:39 AMLa audiencia de procedimiento directo contra el policía presuntamente involucrado en un delito contra la flora y fauna en Galápagos, se inició el domingo 18 de abril.
La diligencia comenzó a las 09:30 y concluyó con su suspensión a las 20:00, en la Unidad Judicial de Santa Cruz. Debido a la hora y el tiempo que se extendió, el juez Ramón Abad decidió suspenderla y reinstalarla para el próximo lunes 3 de mayo, a partir de las 08h30.
Nixon Alejandro P. D. está acusado de intentar enviar 185 crías de tortugas (de 2 a 12 meses de edad), desde Galápagos a Guayaquil, el 28 de marzo de 2021. La Fiscalía busca determinar responsabilidades en el envío fallido.
La especie es del género Chelonoidis, que corresponde a fauna silvestre protegida y consta en la lista roja de especies amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).
El día de los hechos, se determinó –a través de videos de cámaras de seguridad del Aeropuerto Seymur de Baltra– la participación de Nixon Alejandro P.D. A bordo de un patrullero policial, el gendarme trasladó las especies en dos maletas hacia las instalaciones aeroportuarias, dejando el cargamento en la compañía de carga aérea.

FOTOS: Aeropuerto de Baltra
Una vez identificado el presunto responsable, se procedió a su detención y a la ejecución de varios allanamientos, tanto al domicilio como al lugar de trabajo del procesado.
También fueron revisadas las instalaciones del aeropuerto, con el fin de recabar más indicios y elementos de convicción respecto al caso.
DATO JURÍDICO
El procesado es juzgado en audiencia de procedimiento directo (que concentra todas las etapas del proceso en una sola audiencia final de juzgamiento), según lo dispuesto en el artículo 660 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Este tipo de procedimiento se aplica en delitos cuya pena máxima sea de hasta 5 años.
El delito contra la flora y fauna silvestre está tipificado en el artículo 247 del COIP y es sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. (I)
para esto sí sirve la policía. Y para cobrar renta a los vendedores de droga y dejarlos vender en paz.